Nuevos controles del servicio de inspección SOIVRE a la importación de aparatos eléctricos y electrónicos y de pilas y acumuladores
25 abril, 2022
Entre los meses de mayo y junio de 2022 está prevista la puesta en funcionamiento de un nuevo tipo de inspección a la importación con la finalidad de mejorar la protección de la salud y el medioambiente y de facilitar la revalorización y adecuada eliminación de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE).
Estos controles los aplicará el Servicio Oficial de Inspección, Vigilancia y Regulación de las Exportaciones (SOIVRE) a la importación, siendo preceptivos para el despacho a libre práctica, sobre diferentes aparatos eléctricos, pilas y acumuladores, con objeto de comprobar el cumplimiento de las normativas sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE), residuos de pilas y acumuladores (RPyA) y la restricción de sustancias peligrosas en equipos eléctricos y electrónicos (RoHS):
- Normativa RAEE: Real Decreto 110/2015, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.
- Normativa RPyA: Real Decreto 106/2008, sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos.
- Real Decreto 27/2021, por el que se modifican los dos reales decretos anteriores.
- Normativa RoHS: Real Decreto 219/2013, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos.
La implantación de estos nuevos controles será paulatina y se están habilitando herramientas informáticas para agilizar su gestión.
Próximamente se publicará un nuevo Real Decreto con medidas de control para la importación de AEE y PyA, en el que se explicará en detalle cómo se realizará la gestión de estos controles, que consistirán esencialmente en comprobar la inscripción en el registro correspondiente, así como la realización de las declaraciones trimestrales de los aparatos importados, además de inspecciones físicas y ensayos analíticos eventualmente.
La documentación que acredita que cumplen con las obligaciones de ambos registros son el “certificado de inscripción” y el “certificado de cuota”. Desde el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (MINCOTUR) se está trabajando para que los inspectores de Aduanas puedan confirmar a través de una aplicación que el importador (productor) está registrado y que realiza las declaraciones trimestrales. En los casos excepcionales en los que no lo puedan confirmar, por algún motivo puntual, el usuario designado como responsable de datos en los Registros RII-AEE y RII-PyA deberá acceder a estos, bien con certificado digital personal (el de empresa no es válido), bien con usuario y contraseña y descargarse el “certificado de inscripción” y/o el “certificado de cuota” correspondientes.
En reinicia ayudamos a las empresas que fabrican, comercializan o importan aparatos eléctricos y electrónicos a entender y cumplir con esta nueva normativa y con todas las existentes. Si tienes dudas, ponte en contacto con nosotros!