Cartuchos y tóner de impresión afectados por el RD 110/2015
21 octubre, 2020
Como sabes, en este último trimestre del año, los productores de aparatos eléctricos o electrónicos (AEE) pueden elegir con qué SCRAP cumplir las obligaciones que establece el Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre RAEE.
Es probable que este sea uno de los motivos por los que algunas empresas que fabrican, comercializan o importan cartuchos de tinta y tóner nos preguntan si les afecta esta normativa y si les es de aplicación. Pero, tranquilo. Estamos aquí para ayudarte.
Los cartuchos y tóner de tinta están incluidos dentro del alcance de la normativa dependiendo del tipo y clasificación del producto. El RD 110/2015 define en su art. 3.a) que los AEE son “todos los aparatos que para funcionar debidamente necesitan corriente eléctrica o campos electromagnéticos, y los aparatos necesarios para generar, transmitir y medir tales corrientes y campos, que están destinados a utilizarse con una tensión nominal no superior a 1.000 voltios en corriente alterna y 1.500 voltios en corriente continua”.
Por tanto, los cartuchos de impresión que contienen partes eléctricas (chip) y que no están afectados por ninguna de las exclusiones recogidas en el art. 2., se encuentran dentro del ámbito de aplicación del Real Decreto.
En la aprobación del Real Decreto, el 20 de febrero de 2015, se estableció un periodo transitorio para este tipo de aparatos hasta el 15 de agosto de 2018, fecha en que se produjo su entrada en el ámbito de aplicación. Así, todas aquellas empresas que fabriquen, comercialicen o importen cartuchos de impresión y tóner con partes eléctricas, están obligadas a cumplir con la normativa desde esta fecha, quedando excluidos fuera del Real Decreto los cartuchos de impresión sin partes eléctricas que consisten simplemente en un depósito y tinta.
En definitiva, si fabricas, comercializas o importas cartuchos y/o tóner, según los parámetros del Real Decreto, tienes que cumplir con una serie de obligaciones legales. En caso de no cumplirlas, puede conllevar sanciones por parte de las administraciones públicas.
Así que, si aún te quedan dudas o no sabes por dónde empezar, ponte en contacto con nosotros y te contamos todo lo que necesitas saber.